A- de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Claimant Jose Trinidad Rivera Panqueba Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inobservancia de términos por los peticionarios
- Ausencia de requisitos para la presentación
- Competencia
- Oportunidad para solicitarla
- Procedencia
- Violación clara, ostensible e intolerable
- Carácter extraordinario
- Solicitud
- Violación alegada
- Violación del debido proceso se propone con posterioridad al fallo dentro de los tres días siguientes a la notificación de la sentencia
- Violación ostensible y probada del debido proceso
- Procedencia excepcional por violación al debido proceso
- Frente a la solicitud presentada por vicios de forma ha operado el fenómeno de la cosa juzgada constitucional
- Expedición, publicación y efectos
- Publicidad, notificación y comunicación
- Solicitud de nulidad
- Efectos a partir del día siguiente a la comunicación a las autoridades
- No vulneración
- Límite en la necesidad de hacer públicas las sentencias
- Autoriza para reglamentar la forma de expedición y firma de las sentencias
- Inobservancia del plazo para que la decisión sea notificada no constituye causal de nulidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se denegó la solicitud de nulidad presentada por los ciudadanos de la referencia y otros contra la Sentencia C-551/03 que decidió sobre la constitucionalidad de la Ley 796 de 2003, “Por la cual se convoca un referendo y se somete a consideración del pueblo un proyecto de Reforma Constitucional”.
Esta Corte observa que la corrección no fue presentada dentro del tiempo, es ahora que pretendían incluirla en esta solicitud de nulidad, y aunque los ciudadanos alegan que no se les notificó el requerimiento en debida forma, es evidente que sobre los ciudadanos pesan ciertas cargas propias de quien está interesado en solicitar una información.
Así, los ciudadanos no obraron con la diligencia suficiente, y ahora desean que esta Corte avale su actitud.
De otro lado, esta situación no configura una causal de nulidad, pues no constituye una violación, ni siquiera mínima al debido proceso.
Toda vez que las irregularidades que afectan el debido proceso y que constituyen causales de nulidad versan sobre ciertos asuntos y deben ostentar una entidad tal que pueda configurar una excepción a la estabilidad de los fallos de esta Corporación.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional,
- RESUELVE
- Primero. DENEGAR la solicitud de nulidad presentada por los ciudadanos Jose Trinidad Rivera Panqueba y otros contra la sentencia C-551 de 2003 que decidio sobre la constitucionalidad de la Ley 796 de 2003, "Por la cual se convoca un referendo y se somete a consideracion del pueblo un proyecto de Reforma Constitucional".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.